LA FEDERACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID DE APAS "Francisco Giner de los Ríos" considera que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha evitado enmendarle la plana al Gobierno Regional con relación a la normativa sobre el Bachillerato de Excelencia, la cual ha sido ya eliminada con los hechos que se han producido, lo que da la razón a la federación en la práctica en la posición mantenida hasta este momento y, por tanto, en el fondo del recurso planteado.
La Federación Francisco Giner de los Ríos considera que la sentencia emitida el pasado 30 de mayo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid es la consecuencia de no querer enmendarle la plana al Gobierno Regional en relación con el Bachillerato de Excelencia. Para evitarlo, el Tribunal argumenta una posible falta de legitimación que no existe, pues siempre se ha reconocido la misma tanto por este Tribunal como por el Tribunal Supremo, con lo que evita tener que valorar la cuestión de fondo, en la que tendría que dar la razón a la federación sin ningún género de dudas, al igual que ya han hecho los acontecimientos vividos en los últimos meses.
La FAPA presentó el recurso al entender que el proyecto denominado "Bachillerato de Excelencia" se ponía en marcha con una Instrucciones que vulneraban la legalidad vigente. Sin que haya acabado el primer curso desde que fue aprobada, la norma ha quedado superada por otra que deshace el camino emprendido y reconoce que el planteamiento inicial era un profundo error, tal y como había advertido la federación y otras organizaciones y personas del mundo educativo.
No deja de resultar curioso que la Consejería de Educación y Empleo quisiera seguir por ese camino hasta hace un par de meses, cuando envió un borrador de Orden para regular el proyecto "Bachillerato de Excelencia" para ser dictaminado por el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, que mantenía todos los errores de partida y la vulneración de la legalidad vigente. Pero algo debió de ocurrir cuando el Tribunal Superior de Justicia de Madrid sometió a deliberación el recurso de la FAPA, pues el Gobierno Regional desecho la Orden sin dar explicaciones y envió un nuevo borrador para ser dictaminado, en este caso con el rango de Decreto, que
eliminaba todos los aspectos que estaban presentes en el fondo del recurso planteado por la federación y que el Tribunal debía valorar. El borrador de Decreto fue dictaminado el 29 de mayo y la sentencia en la que el Tribunal se quedaba al margen de la cuestión de fondo se adoptó al día siguiente. "Coincidencias".
En este momento, la razón se ha abierto paso. El nuevo Decreto carece de las cuestiones mediáticas que se lanzaron a la sociedad en su momento: no existirá en el futuro un formato de Bachillerato específico para el proyecto, pues el proyecto debe cumplir estrictamente con lo marcado en la LOE, no teniendo competencias la Comunidad de Madrid para inventarse modalidades distintas a las contempladas; el modelo de centro exclusivo para cursar el "Bachillerato de Excelencia" ha sido rechazado por todos los profesionales consultados, tal y como ha reconocido la propia Consejería de Educación y Empleo ante el Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid; y el alumnado deberá ser evaluado de la misma forma que el resto de estudiantes de Bachillerato, para evitarles unos perjuicios asegurados según los propios datos aportados por la Consejería, que trasladó a dicho Consejo Escolar las cifras que alertaban sobre que uno de cada cuatro alumnos no estaban aprobando todas las materias, algo inaceptable siempre, pero incomprensible en alumnado con expedientes académicos brillantes hasta entrar a formar parte del proyecto.
En cuanto al posible recurso a la sentencia conocida, carece de sentido presentarlo. En primer lugar, porque los hechos nos han dado ya la razón como hemos dicho. En segundo lugar, porque deberíamos pleitear para rebatir la teórica falta de legitimación, pero ni existe tal falta ni puede afectar a la FAPA en un futuro. El propio Tribunal ha dictado todas las sentencias anteriores reconociendo la misma, y el Tribunal Supremo así lo reconocería si se presentara el recurso de casación, pero ganar en el Tribunal Supremo sólo significaría volver a empezar el proceso, lo que pondría al Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la tesitura de entrar en el fondo de la cuestión sobre unas Instrucciones que ya habrían dejado de existir, al terminar su validez en el momento en el que acabe el presente curso escolar. ¿No volvería a salirse del tema el Tribunal al volver a inadmitir el recurso, en este caso por la inexistencia ya de la norma recurrida? Demasiado recorrido jurídico para volver a estar dentro de unos años en el mismo punto que ahora. Y, en tercer lugar, en base a todo lo anterior, ¿tiene sentido emplear nuevos recursos económicos propios, siempre escasos, y hacer emplear fondos públicos a la Consejería y a los Tribunales para ganar en éstos lo que ya se ha ganado en la práctica? No merece la pena, la FAPA llevaba la razón y ello ha quedado ya demostrado.
19 de junio de 2012
Nota:
http://www.fapa.es/index.php?m=Documentos&op2=descargar&did=618&tid=8
Sentencia:
http://www.fapa.es/index.php?m=Documentos&op2=descargar&did=619&tid=3
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